Residencia en España: legal y según necesidad

Vivir en España es algo que muchos quieren. A muchos españoles les sorprende mucho esta idea. Para los oriundos de la madre patria, la vida en España, se torna cada vez más complicada. Los problemas con la vivienda y la precariedad laboral, son uno de los temas candentes de nuestra sociedad. Sin embargo, para los que vienen de fuera, la historia, es muy diferente. Del mismo modo que pasa con los españoles que buscan mejores opciones en otros países. Cada quien tiene sus razones y todas son válidas si se encuentran dentro de la legalidad.

Precisamente de eso queremos hablar en este artículo, la residencia en España de forma legal. Para saber cómo funciona, debemos saber en qué consiste, los tipos que hay y para que se solicita cada uno. Por lo tanto, debemos saber que el permiso de residencia es la autorización que el gobierno da a los extranjeros no comunitarios que desean residir en nuestro país de forma legal por un periodo superior a noventa días. Este permiso no debe confundirse con un permiso de estancia.

Con objeto de conocer con mayor profundidad todo lo relativo a esta cuestión, hemos consultado son los expertos en extranjería de Nostrum Legal Immigration layers, quienes matizan que el permiso de residencia se regula en la Ley de Extranjería y el Reglamento de la Ley de Extranjería, existiendo dos permisos de residencia: el temporal y el de larga duración (residencia permanente).

Así mismo, este tipo de permisos de residencia, se dirige a extranjeros no comunitarios, siendo los ciudadanos procedentes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, junto a sus familiares. De todo esto y con mayor profundidad hablaremos a continuación, poniendo mayor atención en los diferentes tipos de residencia que los ciudadanos extranjeros pueden solicitar en nuestro país.

Una estancia regulada

Aunque estancia no es la palabra apropiada, puesto que el permiso de estancia y el de residencia, son cosas diferentes. En cualquier caso, se trate del permiso de que se trate, debe ser legal y conforme a las diferentes regulaciones. La normativa que regula el permiso de residencia se encuentra en el Capítulo II (De la autorización de estancia y residencia) del Título II (Régimen jurídico de los extranjeros) de la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (Ley de Extranjería). Además del Real Decreto 557/2011 de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica citada, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009 (Reglamento de Extranjería). Concretamente en los Títulos IV (Residencia temporal), Título V (Residencia temporal por circunstancias excepcionales) y Título VI (Residencia de larga duración).

De tal manera que en base a la citada regulación, existen dos tipos de permiso de residencia: el temporal y el de larga duración, anteriormente denominada residencia permanente.

Este tipo de permisos se dirigen de forma particular a los extranjeros no comunitarios, como ya hemos mencionado, dado que los ciudadanos procedentes de los estados miembros de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo, Suiza y los familiares a quienes se les pueda aplicar, tienen derecho a entrar, salir, circular y residir de forma libre en el territorio español, del mismo modo que sucede con los países reseñados para los ciudadanos españoles.

Respecto al permiso de residencia temporal, podemos decir que se trata de una autorización que permite permanecer en España durante un periodo superior a noventa días pero inferior a cinco años. Este permiso puede renovarse conforme a las circunstancias que propiciaron la autorización.

Citamos el Artículo 31.1 de la Ley de extranjería en su punto 1. La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un período superior a noventa días e inferior a cinco años. Las autorizaciones de duración inferior a cinco años podrán renovarse, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión. La duración de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y de las renovaciones se establecerá reglamentariamente.

En cuanto al permiso de residencia de larga duración, anteriormente conocido como permanente, se trata del permiso que autoriza a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para obtener este permiso hay que cumplir algunos requisitos como por ejemplo, haber sido residente legal y continuado en el territorio español durante cinco años.

En este caso, citamos el Artículo 32.1 de la Ley de Extranjería que nos dice lo siguiente: 1. La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.

Teniendo claros estos dos artículos y lo que permiten, los ciudadanos extranjeros que deseen residir en nuestro país, deben solicitar el permiso correspondiente en función de sus pretensiones. Siendo indispensable, solicitar el permiso temporal en primer lugar.

Tramitar un permiso de residencia

El acceso a un permiso de residencia conlleva el cumplimiento de una serie de requisitos generales que son los mismos en cualquier situación.

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • No ser familiar de ciudadanos de los países mencionados en el apartado anterior, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse en situación irregular en el territorio español.
  • No tener antecedentes penales en España ni es los países en los que haya residido con anterioridad, por delitos que se encuentren tipificados en el ordenamiento jurídico.
  • No tener prohibida la entrada a nuestro país.
  • Tampoco puede figurar como rechazable en países con los que exista convenio.
  • No encontrarse dentro el plazo de tres años del compromiso de no retornos a España que asumen algunos extranjeros que deciden regresar a sus países de forma voluntaria.

Además de cumplir todos y cada uno de los requisitos señalados, es fundamental presentar una documentación de carácter general en la solicitud:

  • Impreso de solicitud correctamente cumplimentado y firmado.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con una vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales.

Una vez que se reúnen todos los requisitos necesarios y se dispone de la documentación requerida, el procedimiento para obtener el permiso de residencia, es el siguiente, dentro de un marco general. Hay que tener en cuenta que cada situación es particular y pueden presentarse algunas diferencias en cuanto a documentación y procedimientos.

Lo primero que debe hacerse es presentar la solicitud y documentación en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que se resida. Los documentos en un idioma que no sea el español, deberán encontrarse correctamente traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio en el que se presente la solicitud. Una vez presentada toda la documentación, se procede a pagar la tasa de residencia.

El plazo del que dispone la Oficina de Extranjería para manifestarse y expedir, si procede, el permiso solicitado, es de tres meses. Una vez transcurrido el mismo sin existir comunicación debe entenderse la solicitud como rechazada por silencio administrativo.

La vigencia del permiso de residencia suele ser de un año y, conllevar una autorización de trabajo por cuenta propia o ajena durante la misma. Al finalizar, puede realizarse la solicitud de una prórroga o cualquier otro tipo de autorización para la residencia vigente.

Pasado un mes desde que se obtiene la autorización de residencia, el extranjero debe solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad en la Oficina de Extranjería o Comisaria de Policía del lugar en el que este empadronado.

Haciendo referencia a las citadas autorizaciones, la ley contempla una serie de situaciones particulares por las cuales, el residente extranjero puede solicitar un permiso de residencia temporal o de larga duración:

  • Trabajo por cuenta ajena.
  • Reagrupación familiar con diversas variantes.
  • Trabajo para investigación, en lo que se incluyen investigaciones de la Unidad de Grandes Empresas.
  • Trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada de temporada o por campaña, obra y servicio, alta dirección, deportistas, artistas, formación y prácticas profesionales.
  • Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
  • Extranjero que ha retornado de forma voluntaria a su país.
  • Autorización de residencia temporal con excepción a la autorización de trabajo.
  • Circunstancias excepcionales (arraigo): laboral, social, familiar, para la formación.
  • Otras circunstancias excepcionales.
  • Autorización de residencia temporal a menores no acompañados.
  • Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales.
  • Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales de duración determinada.

Todo este tipo de autorizaciones son las que pueden permitir la residencia temporal en nuestro país. Para el caso de las de larga duración, existen otra serie de las mismas. Así como una serie de visados especiales creados con la finalidad de atraer perfiles concretos a España, entre los que cabe señalar el visado para inversores o de emprendedor.

Aunque parezca mucho trámite y papeleo, entrar en España y obtener un permiso de residencia, parece ser, bastante sencillo. Aun así, siempre se puede contar con un abogado especialista en extranjería para llevar a cabo todos los trámites necesarios.

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